CONDICIONES COMERCIALES GENERALES
La sociedad PSEnergia s.l. y PSE GLOBAL
s.a. con domicilio Na bielenisku 4, 902 01
Pezinok, República Eslovaca expide de
acuerdo con las disposiciones del Código
de Comercio nᵒ 513/1991 del Boletín
Oficial del Estado, Las Condiciones
Comerciales Generales (en adelante „CCGPSE“), que regulan las relaciones
comerciales entre la sociedad PSEnergia
s.l., PSEnergia de Venezuela o PSE GLOBAL
s.a. cómo „parte vendedora“ y otra parte
contractual cómo „parte compradora“. Las
relaciones jurídicas y el contenido de cada
relación comercial individual siguen estas
CCG-PSE o contrato de obra
correspondiente, o contrato de compra, o
contrato de suministro de producto (en
adelante „contrato“) concluido entre la
parte vendedora y la parte compradora, o
en tal caso mediante una confirmación del
pedido. En caso de no seguir las reglas de
las relaciones comerciales con el socio
comercial mediante alguna de las formas
anteriormente mencionadas, estos se
rigen por los preceptos legales vigentes de
la República Eslovaca, principalmente por
el Código de Comercio nᵒ 513/1991. Las
partes vendedora y compradora pueden
acordar entre sí dentro del contrato u otro
tipo de acuerdo legalmente concluido,
derechos y obligaciones particulares
diferentes a las disposicones de CCG-PSE.
Las disposiciones del contrato u otro tipo
de acuerdo se anteponen a las
disposiciones de estas CCG-PSE.
Art.1. CONDICIONES DEL OBJETO DE
CUMPLIMIENTO
-
1. Pedido o conclusión del contrato
La parte vendedora sumunistrará la
mercancía, o realizará la obra en base a un
pedido escrito de la parte compradora
confirmada por la parte vendedora, o en
base al contrato firmado por ambas partes.
La confirmación de pedido aceptada por
ambas partes tiene la misma validez de un
contrato contraido entre la parte
vendedora y la parte compradora.
-
2. Forman parte del pedido o contrato el
nombre comercial, domicilio comercial de
la parte compradora, nombre y contacto
de la persona con poderes otorgados por
parte del comprador para actuar en
representación en el asunto,
especificación exacta del tipo y cantidad de
la mercancía y ámbito de trabajos
solicitados, la fecha de suministro
requerida, forma y lugar del suministro de
la mercancía (de acuerdo con INCOTERMS
2010), su precio y forma de pago por el
suministro de la mercancía y por el trabajo
desarrollado.
-
3. Los datos contenidos en la aceptación
escrita del pedido o en el contrato firmado
por ambas partes entre la parte vendedora
y la parte compradora son obligatorios.
Cualquiera de los acuerdos enlazados u
otra forma de acuerdos tienen que
realizarse exclusivamente por escrito y
estar confirmadas por ambas partes
contractuales de forma escrita.
-
4. La parte compradora puede requerir
por escrito un cambio en el contenido del
suministro y este cambio es obligatorio
para la parte vendedora sólo si ésta la
acepta por escrito. El tiempo del
suministro lo puede cambiar la parte
vendedora de forma adecuada teniendo
en cuenta las circunstancias, y eso de
manera escrita dentro de dicha
confirmación del cambio de suministro. La
ejecución de los cambios y arreglos en la
mercancía y suministros la ejercerá la
parte vendedora a cuenta de la parte
compradora.
-
5. La parte vendedora se reserva el
derecho de efectuar cambios en la
construcción y realización de la obra, si
éstos no representan efectos esenciales en
la funcionalidad del dispositivo
suministrado y la parte vendedora avisa de
antemano a la parte compradora sobre
dichos cambios.
-
6. La parte vendedora tiene derecho de
rescindir el contrato o pedido en cualquier
momento. En tal caso la parte compradora
tiene derecho a una compensación de los
gastos realmente ocasionados y
demostrados por escrito. Estos derechos
se refieren sólo a gastos directos
ocasionados. En ningún caso la parte
vendedora compensará los derechos
indirectos creados por la pérdida de las
ganancias del comprador, las pérdidas del
contrato con terceros y demás.
-
7. El pedido confirmado o el contrato es
obligatorio para la parte compradora.En
caso de cancelación de pedido o de
rescisión del contrato por la parte
compradora, el comprador está obligado a pagar a la parte vendedora un 40 % del
precio de compra acordado.
Art.2. CONDICIONES DE SUMINISTRO
-
1. La parte vendedora suministrará la
mercancía o realizará la obra en ámbito,
cantidad y calidad según el pedido
confirmado, o contrato en tiempo
acordado y lugar del cumplimiento según
las normas Incoterms 2010, editadas por la
Cámara de Comercio Internacional en
París. El lugar del cumplimiento es el
domicilio social de la parte vendedora si no
se expresa de otra manera en el pedido o
en el contrato.
-
2. Al término de la obra la parte
vendedora está obligada a llamar a la parte
compradora para su entrega en término y
lugar del cumplimiento.
-
3. La parte compradora se compromete a
asumir la obra realizada de manera
reglamentaria, a tiempo según el acuerdo,
en caso contrario esta obligado a pagar al
vendedor todos los gastos y perjuicios
ocasionados en consecuencia de la no
asunción de la obra. Los derechos y
responsabilidades de transporte pasan del
vendedor al comprador en el momento de
la entrega de la mercancía o del dispositivo
al primer transportista.
-
4. La parte vendedora está obligada
a embalar la mercancía por cuenta propia
de manera estándar para impedir su daño
o desvalorización durante el transporte.
-
5. La parte vendedora esta obligada a
expedir y entregar a la parte compradora
el protocolo de entrega del dispositivo y los
demás documentos imprescindibles para
la entrega correcta y uso del objeto de la obra. El comprador se compromete a
asumir el cumplimiento de la obra parcial.
-
6. La parte compradora se obliga, después
de entregada la obra, a verificar de manera
debida su calidad, defectos aparentes,
suponiendo que puedan ser apreciables
mediante una inspección ocular. También
como defectos del objeto de la obra se
considerarán aquellos defectos que estén
relacionados con su fabricación y/o con su
funcionamiento. El comprador se obliga a
marcar los defectos aparentes dentro de
un plazo máximo de cinco días desde su
suministro y entregar al vendedor su lista
sin más demora.
-
7. En caso de que el vendedor no es capaz
de hacer la entrega de la mercancía en
fechas del suministro por causas ajenas,
este plazo se alarga de manera
consecuente con el tiempo de duración de
las causas ajenas. El vendedor, en
principio, si cabe la posibilidad, está
obligado a informar sobre estos hechos al
comprador junto con el plazo previsible de
la entrega de mercancía o dispositivo. Si se
hace imposible la entrega de mercancía a
la parte compradora por una causa mayor,
la obligación de entregar la mercancía al
comprador pierde validez sin derechos a la
indemnización.
-
8. La parte vendedora mantiene sus
derechos de dueño y autor con respecto a
la documentación técnica y de proyecto y
a los demás documentos ligados a la venta
de la mercancía y eso sin derecho a réplica.
El comprador no está autorizado a copiar
ni multiplicar ningún material o
documentación relacionada con el objeto
de la obra para el uso de terceros.
Art. 3. OBLIGACIONES DE LA PARTE
COMPRADORA
- 1. El comprador está obligado a
entregarle al vendedor todos los
materiales, la documentación o proyectos
necesarios para la ejecución de obra en un
plazo máximo al día de la aceptación de
pedido o a la firma del contrato de obra.
-
2. El comprador se compromete a asumir
la obra o mercancías realizadas, pagará el
precio acordado y facilitará al vendedor la
interacción mutua acordada.
Art. 4. PRECIO DE LA OBRA Y
CONDICIONES DE PAGO
-
1. El precio de la obra está tasado en la
aceptación de pedido o en contrato. Los
precios están acordados en los listados de
ofertas o de precios que se indican sin el
IVA, si no se acuerda de otra manera.
-
2. El vendedor se guarda el derecho a
acordar precios y condiciones de pago para
cada contrato o pedido por separado.
-
3. En caso de generarse otros trabajos al
vendedor durante la realización de los
trabajos para un pedido en concreto,
clasificados como trabajos fuera del
ámbito de los trabajos acordados en un
contrato o pedido, las partes contratantes
acordarán el volumen y precio y su acuerdo
lo firman por escrito.
-
4. En el precio no están incluidos los
gastos del comprador por transporte de
suministro de materiales para la
fabricación del objeto de la obra y de
transporte al lugar señalado y su descarga
en los establecimientos.
-
5. El precio de la obra se considera
pagado en el momento de la carga del
importe en la cuenta del vendedor o con el
saldo en el suministro de la mercancía (de
acuerdo a Incoterms 2010) mediante la
carga de rendimientos de crédito
internaciona.
-
6. El comprador se compromete de
pagarle al vendedor un anticipo en factura
emitida por el vendedor de antemano, es
decir antes del comienzo de la fabricación
de mercancía o de dispositivo. En caso de
que el comprador no le abone al vendedor
el anticipo en factura, éste tiene derecho a
la cancelación de contrato o pedido.El
comprador está obligado a abonarle al
vendedor intereses por demora y los
gastos ocasionados por demora en pagos o
cancelación de suministro.
-
7. El precio de compra de mercancía es
pagadera en Euros. El vendedor emite al
comprador un documento de pago por el
importe de compra de mercancía y trabajo
según lo dispuesto en las leyes y preceptos
fiscales vigentes de la República Eslovaca y
la UE.
-
8. Si la fecha de pago del documento de
pago no está fijada en contrato o en
pedido, la fecha de pago se establece a los
14 días después de la entrega de mercancía
o trabajo.
-
9. El comprador no tiene derecho a ceder
los derechos de deuda contraídos con el
vendedor a terceros sin una autorización
escrita previa del vendedor.
- 10. En caso de que el comprador
incumpliere con sus obligaciones de pago
de anticipo establecidas en contrato o en pedido confirmado, no pagase a tiempo de
forma debida, el vendedor está autorizado
a suspender el suministro de mercancía
hasta la fecha de satifsacción del anticipo
por parte de comprador o hasta rescindir
el contrato. El comprador aparte de los
interes de demora se obliga al pago de
gastos ocasionados por demora o
cancelación del suministro.
-
11. El vendedor se guarda el derecho de
modificar el precio de forma unilateral, si
dentro de plazo desde la firma del
contrato a su finalización por
cumplimiento de alguna de las partes
contratantes, se han incrementado sus
gastos bajo la influencia de modificación
de los precios regulados por el Estado,
impuestos, tasas, por inflación o
diferencias en tipos de cambio y parecidos.
Art.5. SANCIONES
-
1. En caso de que resultara cancelado el
pedido o se rescindiera el contrato por
parte del comprador, antes del plazo
acordado y sin consentimiento del
vendedor, el comprador está obligado a
pagar una indemnización por un valor del
40% del precio de compra acordado por la
mercancía.
-
2. En caso de no haber sido satisfecha la
entrega de objeto del cumplimiento por
parte del comprador en un plazo máximo
de 10 días desde el recibo de la apelación,
el último día de este plazo la obra se
considera entregada. El vendedor está
autorizado a facturarle al comprador
interés correspondiente al 0,1% del precio
contratado por cada día de
almacenamiento de mercancía.
- 3. En caso de demora del comprador con
el pago por obra, el vendedor tiene
derecho a facturar intereses por demora
correspondientes al 0,05% de las
cantidades adeudadas de la obra por cada
día de demora empezado.
-
4. El comprador tiene derecho a
facturarle al vendedor una indemnización
por incumplimiento de plazo de
terminación de obra de acuerdo con
contrato o pedido confirmado
correspondiente al 0,05% del precio de
parte de la obra insatisfecha por cada día
de demora, pero por un máximo
correspondiente al 5% del precio de la
parte insatisfecha de obra.
Art. 6. TRASPASO DE DERECHOS Y
RIESGO DE DAŇOS Y PERJUICIOS
-
1. La responsabilidad por riesgos
relacionados con daños en mercancía o
dispositivo durante el transporte y/u otros
defectos aparentes pasa al comprador el
día de su entrega. Las partes han acordado
que la propiedad de la mercancía o
dispositivo pasa al comprador el día en el
que este efectúe todos los pagos.
-
2. El riesgo de daños en la mercancía o
dispositivo pasa a cargo del comprador en
el momento de la entrega de la mercancía
o dispositivo al transportista para su
transporte, o en el momento de recibo de
la mercancía o dispositivo por el
comprador en la sede del vendedor.
-
3. Para la exclusión de cualquier duda, el
vendedor está obligado a informarle al
comprador sobre los hechos que pudiesen
influir en el uso de mercancía o
dispositivo, principalmente pero no exclusivamente en los hechos relacionados
con el montaje de mercancía o dispositivo.
-
4. El comprador está autorizado a pedir
informaciones al vendedor también en
casos de dudas sobre la utilización técnica
de la mercancía o dispositivo, de manera
que el vendedor se compromete a
facilitarle al comprador estas
informaciones sin demora.
Art.7. DEFECTOS DE MERCANCÍA,
PERÍODO DE GARANTÍA
- 1. La garantía por la mercancía y trabajos
realizados empieza a transcurrir a partir
del momento de su entrega de acuerdo al
artículo 6.
-
2. El vendedor garantiza, que la
mercancía o dispositivo entregados
carezcan de defectos ocultos o defectos
aparentes y cumplan con todos los
requisitos técnicos, incluyendo los de
seguridad y protección de salud en el lugar
de empleo requeridos tanto por las leyes
vigentes como por las normas técnicas
vigentes.
-
3. Si el contrato o pedido confirmado no
lo establece de otra manera, el fabricante
concede al comprador una garantía del
producto en torno a los defectos de
material o defectos por fabricación en un
plazo de 12 meses de duración desde la
fecha de entrega o bien a partir del día de
su puesta en marcha en la sede del primer
usuario, pero máximo por 18 meses a
partir de la fecha de expedición desde el
almacén del vendedor.
-
4. El vendedor está obligado a informar
por escrito y sin mayor demora al
vendedor (reclamación) sobre los defectos6
ocultos de mercancía o dispositivo, al igual
que sobre los defectos de mercancía o
dispositivo por los que responde el
vendedor con su garantía.
-
5. El vendedor esta obligado a
pronunciarse sobre la reclamación en un
plazo de 15 días laborables desde el recibo
de reclamación, o en caso de necesidad,
en tiempo igual para garantizar una
inspección de mercancía en sede del
usuario terminal.
-
6. En caso de una reclamación justificada,
el vendedor durante el plazo de resolución
sobre la justificación de reclamación
decide también el plazo y modo de
eliminación de defecto.
-
7. Mientras dure la garantía, de la
reposición del detalle defectuoso en el
producto se encargará el centro de servicio
del vendedor o un centro de servicio
autorizado por él. Esto sólo será válido en
caso de que la reclamación
correspondiente sea aceptada como
justificada, y el producto no se encuentre
en el territorio de la República Eslovaca y
esté instalado de forma, que no es
transferible. En caso de un producto
transferible, el comprador entrega el
producto en la sede del vendedor con el fin
de su reparación y el comprador soportará
los gastos relacionados con el transporte
del producto en cuestión. En caso de
necesidad de que viajen personas
autorizadas con el fin de realizar una
inspección, reparación o cambio de la
parte defectuosa del producto fuera del
territorio de la República Eslovaca, los
gastos de viaje, precio de mano de obra y
gastos de alojamiento del personal de vendedor correrán a cuenta del
comprador.
-
8. A todas las piezas cambiadas
o reparadas, o componentes del producto,
que cubre la garantía, se transfiere el
periodo restante de garantía de las piezas
originales o componentes del producto.
-
9. El tiempo de garantía se alarga por el
tiempo durante el cual el producto haya
estado dentro del plazo válido de
reparación por garantía, y no pudo ser
utilizado durante la validez de esa garantía.
-
10. Cualquier responsabilidad sobre
gastos, daños, pérdidas directas o
indirectas por parte del comprador,
resultantes de uso de productos, o de su no
funcionalidad parcial o total, está excluida.
-
11. Se obliga al comprador a proporcionar
cooperación imprescindible para el
ejercicio de servicio de garantía y después
de realizar trabajos en plazo de garantía,
tomar arreglos de servicio, modificaciones
y mantenimiento del vendedor,
considerando que estos hayan sido
realizados de manera correcta y debida, de
acuerdo con los requisitos técnicos. En
caso de demostrarse, que el defecto de
mercancía o dispositivo haya sido
ocasionado de manera diferente como
defecto propio, estos no formarán parte de
los servicios de garantía y el vendedor
tendrá que valorar y proponer al
comprador los gastos necesarios y
proporcionados para su reposición,
arreglos y/ o mantenimiento.
-
12. Las partes contratantes toman en
cuenta que el montaje de la mercancía o
dispositivo en lugar señalado no forma parte del precio contratado, por lo tanto
para el transcurso del periodo de garantía
no es decisivo, si el montaje de la
mercancía o dispositivo fue ejecutado por
el vendedor u otro sujeto autorizado para
desarrollar este tipo de trabajos y que
posee a su vez la cualificación y
experiencias necesarias para tales
actividades.
-
13. La garantía no será válida, si la
mercancía o dispositivo no están
instalados de manera correcta y en
consecuencia no cumple con parámetros
técnicos prescritos por tanto rompe con las
condiciones para su uso correcto, o en tal
caso de manera demostrable no sigue los
“Modos de manipulación y
mantenimiento” tanto cómo
“Instrucciones de manejo” y puede llevar a
un deterioro por cualquier causa de fuerza
mayor irrevocable (catástrofe natural).
Art. 8. OTROS
-
1. Las partes contratantes se
comprometen, que adoptarán medidas y
dirigirán sus actividades de manera que no
se llegue a la suspensión, revocación o
cancelación de licencias y permisos para
fabricación de mercancías y dispositivos, y
en tal caso, tendrán presente que cabe la
opción de un procedimiento
administrativo o judicial por parte de los
órganos estatales u otros sujetos
(privados), y que van a informar a la parte
contraria sobre estos hechos sin demora y
adoptarán medidas para la protección del
suministro de las mercancías o dispositivos
y su aceptación final.
-
2. Cada parte se hace responsable de su
política fiscal, aduanas, de acuerdo con las
normas fiscales de su país.
-
3. En cumplimiento de las obligaciones
que surgen de estas condiciones, las partes
contratantes se comprometen a mantener
y cumplir con los principios de una
actuación honesta y una negociación
honrada.
Art. 9. CONCLUSIONES
- 1. Las condiciones comerciales generales
presentes son reglamentarias a partir del
día 01/07/2015 y forman parte indivisible
de cada contrato o pedido.
- 2. Las partes contratantes acuerdan
guardar el secreto comercial de la parte
contraria contratante, que les haya sido
otorgado mediante cumplimiento de
objeto de contrato o pedido, incluso a la
terminación del contrato.
- 3. El comprador está obligado a informar
al vendedor sobre los cambios relevantes
en la inscripción del Registro mercantil,
sobre el cambio de la forma jurídica
empresarial, su división, unión o fusión
con otro sujeto y se encargará del traspaso
de los derechos y obligaciones resultantes
de la relación contractual actual hacia el
sujeto sucesorio.
- 4. En caso de declarar liquidación, y/o
quiebra y/o embargo de bienes del
comprador, el vendedor tiene derecho a
rescindir el contrato unilateralmente,
facturarle al comprador trabajos
realizados y aplicar derecho de bloqueo de
objeto de obra, que corresponde a la
relación actual contratada.
- 5. Cualquier disputa o diferencias
surgidas entre las partes, éstas se
encuentran sometidas principalmente a
ellas mismas, en caso de no llegar a un
acuerdo, estas Condiciones comerciales
generales se ven sometidas a la jurisdicción
y competencia exclusiva de las leyes de la
República Eslovaca, principalmente por los
preceptos de ley nᵒ 531/1991 del Código
de Comercio en sus alegaciones
posteriores.
- 6. En caso de cualquier disputa el
procedimiento legal se regirá por la
aplicación de la ley nᵒ 99/1963 del Código
de Procedimiento Legal en sus preceptos
posteriores.
- 7. El idioma decisivo en las relaciones
legales entre las partes contratantes será
el idioma español.